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La sociedad de fomento distancia a IRAZU y KILATE

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Por vía reglamentaria los distancian al último lugar, a IRAZU en su carrera del día 10 de Enero en Dos Hermanas, donde había ganado, y a KILATE, en la carrera que disputo el día 30 de Abril en la Zarzuela, donde había sido séptimo.

IRAZU en la Zarzuela, uno de los distanciados IRAZU en la Zarzuela, uno de los distanciados
  • CASO IRAZU:


El 28/12/2010 fue inscrito el caballo IRAZU (GB) en el Hándicap dividido a disputar en fecha 10/01/2010 en el Hipódromo de Dos Hermanas. Pero de acuerdo a lo estipulado en el correspondiente Programa de Carreras, las condiciones de calificación de la citada carrera eran las siguientes:

“Para caballos y yeguas de 4 años en adelante que no se hayan clasificado entre los 3 primeros en un premio de 12.000 euros desde el 01/01/2009”.

Pero el ejemplar IRAZU en fecha del 01/02/2009 había obtenido el 3º puesto en el G.P. Cruzcampo (Categoría C), prueba dotada con 12.000 euros para el participante que obtuvo el primer lugar.


Condición clara de que IRAZU no podía darse como partants para el día 10/01/2010.

Los hechos se sucedieron de la siguiente forma:

El día 03/01/2010 fue declarado participante IRAZU (GB) en la primera prueba del citado Hándicap dividido. El día 10/01/2010 IRAZU (GB) no solo participó en la ya citada carrera, disputada como 4ª carrera de la jornada y denominada finalmente Premio Turismo de la Provincia de Sevilla, sino que además obtuvo el primer puesto.

Con posterioridad a la disputa de dicha carrera no se ha presentado ninguna reclamación. Es por ello que el 16/04/2010 los Comisarios de la SFCCE, habiendo detectado que IRAZU (GB), según las condiciones establecidas para la participación en la citada carrera, no estaba calificado para correr en la misma, acordaron abrir expediente sancionador.

Mencionado expediente tras las alegaciones y la aplicación del código de carrera determina:

1º.- Distanciar al último puesto al caballo IRAZU (GB) en el Premio Turismo de la Provincia de Sevilla, carrera disputada en fecha 10/01/2010 en el Gran Hipódromo de Andalucía.

2º.- Imponer la multa de 200 euros al propietario de la Cuadra Dehesa la Toma, una vez aplicada la reducción de un tercio de la sanción dado el reconocimiento en su escrito de alegaciones de la existencia de un error involuntario.

3º.-Notificar dicha sanción a los interesados para su conocimiento y efectos oportunos, así como en su caso publicar la misma en el Tablón de Anuncios de la SFCCE y en el Boletín Oficial de las Carreras de Caballos.

  • CASO KILATE:


Loe hecho ocurren en la 4ª carrera de la 7ª reunión de la Temporada de Primavera de Hipódromo de la Zarzuela

El jinete J.M. Sanchez Cuevas en el pesaje posterior a la carrera dio un peso de 51,500 Kg en lugar de 52,000 Kg reflejados en el programa oficial por lo que los Sres. Comisarios de SFCCE abrieron expediente

El Sr. Sánchez Cuevas alegó que el entrenador cambio la cincha en el momento de ensillar, no teniendo conocimiento de los cambios realizados en la montura, limitándose a montar el caballo.

Por su parte el Sr. Delcher Poulies admitió el cambio de cincha en el momento de ensillar ya que la previamente seleccionada era pequeña. Según el entrenador este hecho se produce habitualmente en el ensilladero, indicando que la diferencia de peso entre dos cinchas es inferior a 30 gr.

El instructor del expediente de este caso, durante las carreras del día 16, realizó una comprobación de peso de dos cinchas, habiendo entre ellas una diferencia superior a 300 gr.

Esto indica que la diferencia de peso del jinete antes y después de la carrera pudo ser debida al cambio de cincha, dando como resultado una diferencia de peso total de los 500 gr.

Mencionado expediente tras las alegaciones y habiendo admitido el Sr. Delcher Poulies la retirada de la Cincha se acordó lo siguiente:

1. Distanciamiento del caballo KILATE al último puesto Premio Loterías y Apuestas del Estado 4ª carrera de la 7ª reunión de la Temporada de Primavera de Hipódromo de la Zarzuela.

2. Sancionar al Sr. Delcher Poulies con una multa de con 1000 euros

3. Notificar dicha sanción a los interesados para su conocimiento y efectos oportunos.



19 de marzo de 2024